La Asociación de Hemiparesia Infantil - HEMIWEB está federada a ECOM, y nos informan que pueden facilitar el acceso a atención ocular gratuita en la Fundación Barraquer a los usuarios y socios / as de las entidades federadas que se encuentren en situación de exclusión social (http://www.ecom.cat/castella/e61a_noticies.php?id=01575)
Dicha atención es posible gracias al convenio de colaboración que la Fundación Barraquer ha firmado con la Mesa de Entidades del Tercer Sector Social (de la que forma parte ECOM), Cruz Roja Cataluña, Ayuntamiento de Barcelona, los departamentos de Benestar Social y Salut de la Generalitat de Cataluña y las entidades municipalistas, con el objetivo de favorecer la prevención y tratamiento de determinados problemas oftalmológicos de personas en riesgo de exclusión social.
La Fundación Barraquer, a través de esta colaboración, ofrecerá, gratuitamente, seguimiento y tratamiento ocular, abarcando desde la detección precoz de algunas patologías o complicaciones oftalmológicas y, en los casos que sea necesario, su tratamiento y seguimiento.
Las federaciones y entidades de la Mesa del Tercer Sector Social de Cataluña y la Cruz Roja en Cataluña, en coordinación con los servicios sociales básicos, serán los encargados de valorar los casos susceptibles de participar en el programa.
Las entidades federadas deben enviar las solicitudes de los socios / as a ECOM, como entidad adherida al convenio firmado por la Mesa con la Fundación Barraquer. Es decir, las personas no deben dirigirse a ECOM ni a la Fundación Barraquer, sino que son las entidades federadas las que tienen que hacer las solicitudes (aunque las personas deben firmado), validarlas ( la entidad debe firmar) y enviarlas a ECOM (por email mismo). ECOM revisará la documentación, hará las consultas pertinentes a la entidad o en la F. Barraquer, se validará la derivación en función de los requisitos del convenio y se hará traslado a la F. Barraquer.
A partir de ese momento, será la F. Barraquer quien valorará la solicitud y responderá dando cita con el equipo asistencial del Centro de oftalmología. Es posible que responda que no puede atender la situación pero se entiende que explicará el motivo.
Para hacer la derivación, la entidad federada debe enviar una "hoja de derivación" según modelo (hacer clic aquí para descargar)) y otra documentación médica relevante y documentación económica. En nuestro caso, al tratarse de menores de edad, habría que adjuntar también resolución de la tutela o documentación de representación legal. Si estáis interesados tenéis que enviar la solicitud y la documentación a dudas@hemiweb.org.
A la hora de hacer la derivación, teniendo en cuenta que se trata de un servicio para personas en riesgo de exclusión social, hay que argumentar el porqué de la derivación concreta. Es decir, habrá argumentar el porqué se solicita acogerse a este convenio (necesidades sociales detectadas, urgencia, falta de recursos económicos, no cobertura por parte de la Seguridad Social, lista de espera y considerarse necesario la intervención más inmediata para evitar que se agrave ...). No se podrían solicitar, por ejemplo, revisiones ordinarias o gafas.
Finalmente, comentar que el ámbito de actuación es Cataluña ya que el convenio lo ha firmado la Mesa de entidades del Tercer Sector Social de Cataluña
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